MAY
2011

El Derecho Internacional del Trabajo y el Interno, derechos complementarios

Convenios  Derecho Internacional del Trabajo  O.I.T.  

No creo que el hecho de situar el Derecho Internacional del Trabajo al final de estas jornadas suponga relegarle. En primer lugar, diré que soy un entusiasta del derecho internacional del trabajo. He estado casi seis años en Ginebra y he podido comprobar su necesidad en el mundo actual globalizado. Y he podido ver, lamentablemente también, una cierta desafección por parte de España respecto a lo que está ocurriendo en materia de lo que podríamos llamar "globalización jurídica". No es retorica pese a que muchas veces se piensa, en lo que respecta a la OIT por ejemplo, como si fuera una organización del pasado, fundada en el tratado de Versalles, donde se consensúan unas normas mínimas que solo son efectivas para los países en vías de desarrollo. Esto es lo que muchas veces surge en nuestros debates y discusiones.

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