Elegí este tema para realizar una breve reflexión y análisis jurídico cuando, en el ejercicio de mi profesión, acudí -como tantas veces-al requerimiento de la Inspección de Trabajo, y se me pedía desglosar, y definir la categoría y funciones, de todos los empleados de una empresa, hasta cuatro años atrás, advirtiéndome, desde un inicio, que era práctica habitual de las empresas aplicar de forma incorrecta el tipo de cotización por contingencias profesionales a los trabajadores que desempeñan sus servicios en las oficinas de la empresa (lo que comúnmente se denomina, trabajos administrativos). Esto sucedía en octubre de 2015.
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