26/01
2012

Implicaciones fiscales de la Reforma Concursal

Concurso de acreedores  Ley General Tributaria  Reforma concursal  

El pasado 1 de enero de 2012 entró en vigor el artículo único, apartados ciento diecisiete, ciento dieciocho y ciento diecinueve -entre otros- de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley Concursal, que modifica la Ley General Tributaria y la normativa reguladora del impuesto sobre el valor añadido. Mediante dicha reforma se favorece la posición de la Administración Tributaria en el concurso, pues por un lado, los impuestos indirectos que, con anterioridad a la Reforma Concursal, formaban parte de la masa activa, ahora pasan a ingresarse directamente en la Hacienda Pública; y por otro lado, se favorece la posición crediticia de los acreedores públicos mediante el mantenimiento, entre otros privilegios, del derecho de retención previsto en el nuevo artículo 59 bis de la Ley Concursal.

¿Quiere acceder al contenido completo de la noticia?

Si es socio o suscriptor, debe iniciar sesión. Caso contrario puede suscribirse o darse de alta como socio.

Suscribase GRATIS

Y acceda a todo el contenido en línea

O hagase socio

Y pertenezca a la Asociación Nacional de Abogados Laboralistas

Si es socio o suscriptor

Debe iniciar sesión para acceder al contenido completo de los artículos

¿Olvidó su contraseña?

Recupere sus datos de acceso al sistema

Comentarios

Por el momento esta noticia no tiene comentarios. ¡Sé el primero en participar!

¿Quiere comentar esta noticia?

Si es socio o suscriptor, debe iniciar sesión. Caso contrario puede suscribirse o darse de alta como socio.